martes, 7 mayo, 2024

Castilla-La Mancha regula el proceso de valoraci贸n del personal de residencias de mayores expuestos al COVID-19

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una Instrucci贸n de la Direcci贸n General de Recursos Humanos de la Consejer铆a de Sanidad por la que regula el procedimiento por el cual las personas que trabajan en las residencias para personas mayores van a ser valoradas por las Unidades de Prevenci贸n de Riesgos Laborales del Sescam con relaci贸n a la exposici贸n a COVID-19.

Seg煤n el texto, recogido por Europa Press, la presente instrucci贸n ser谩 de aplicaci贸n a todos los profesionales que presten sus servicios en las residencias para personas mayores de Castilla-La Mancha independientemente del r茅gimen jur铆dico de su vinculaci贸n y de la titularidad de la gesti贸n del centro concreto.

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A este colectivo de profesionales les ser谩n de aplicaci贸n los mismos protocolos de actuaci贸n vigentes para el personal que presta sus servicios en las Instituciones Sanitarias del Sescam.

Las Unidades de Prevenci贸n de Riesgos Laborales adscritas a las Instituciones Sanitarias del Sescam ser谩n las encargadas de la indicaci贸n y realizaci贸n de las encuestas epidemiol贸gicas y de las pruebas diagn贸sticas.

Del mismo modo, estas unidades elaborar谩n los listados de trabajadores que precisan parte de incapacidad temporal y enviaran a la Direcci贸n Gerencia correspondiente para que esta, seg煤n proceda lo remitan a la Gerencia de Coordinaci贸n e Inspecci贸n o al m茅dico de Atenci贸n Primaria del trabajador.

En el 谩mbito geogr谩fico del 谩rea de salud de Toledo, la unidad responsable ser谩 la adscrita al Complejo Hospitalario de Toledo.

La Gerencia de Coordinaci贸n e Inspecci贸n emitir谩, en su caso, los partes de incapacidad temporal de los profesionales con vinculaci贸n laboral, estatutaria o funcionarial que presten sus servicios en las residencias de titularidad p煤blica.

Los m茅dicos de atenci贸n primaria a los que est茅n asignados los profesionales que presten sus servicios en las residencias de titularidad privada expedir谩n, en su caso, los partes de incapacidad temporal correspondientes a aquellos.

CONTACTO Y ENTREVISTA

Las personas titulares de la direcci贸n de las residencias remitir谩n a las Unidades de Prevenci贸n de Riesgos Laborles de las Gerencias los listados de los profesionales que presenten s铆ntomas compatibles con COVID-19, con indicaci贸n de los datos de contacto. Este contacto se efectuar谩 a trav茅s de las l铆neas telef贸nicas y medios telem谩ticos que se habiliten en las distintas Gerencias.

Igualmente, realizar谩n la encuesta epidemiol贸gica correspondiente a los profesionales incluidos en el listado referido en el apartado anterior mediante llamada telef贸nica. Tras la encuesta, la Unidad establecer谩 la propuesta de continuidad o, en su caso, la reincorporaci贸n laboral en los siguientes supuestos: si el profesional contactado no presenta s铆ntomas, o si estos no son compatibles.

Los profesionales que prestan sus servicios en residencias de titularidad p煤blica se considerar谩n, a efectos de la emisi贸n de partes de baja y alta de la prestaci贸n de incapacidad temporal, como profesionales sanitarios en los t茅rminos recogidos en el apartado segundo de la resoluci贸n de 17 de marzo de 2020 de la Directora Gerenta del Sescam por la que se establece el procedimiento de emisi贸n de partes de incapacidad temporal con motivo de la situaci贸n de crisis sanitaria provocada por el covid-19.

Los listados de trabajadores para incapacidad temporal ser谩n remitidos por la Unidad a la Direcci贸n Gerencia correspondiente para que esta, seg煤n proceda lo remitan a la Gerencia de Coordinaci贸n e Inspecci贸n o a m茅dico de Atenci贸n Primaria del trabajador.

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