lunes, 6 mayo, 2024

Los padres ya pueden matricular a sus hijos en las Escuelas Municipales de Albacete

Consulta cómo puedes matricular a tus hijos y qué documentación necesitas

La concejal de Educación del Ayuntamiento de Albacete, Mª Ángeles Martínez, ha dado a conocer este miércoles que el Consistorio ha abierto el plazo de inscripción en las Escuelas Infantiles Municipales y que se mantendrá abierto hasta el próximo 25 de abril.

De esta forma lo ha expresado la responsable municipal que ha detallado que los destinatarios de la convocatoria son niños residentes en el municipio de Albacete nacidos en los años 2015, 2016 y 2017. Y que, según las edades se establece el siguiente reparto en las escuelas:

  • 4 meses cumplidos a fecha 1/12/17: Escuelas Infantiles: Ensanche, Hermanos Falcó, San Pablo, Paseo de la Cuba y Los Almendros.
  • 12 meses cumplidos a 30/09/2017: Escuelas Infantiles: Vereda y San Pedro.

¿CÓMO PRESENTAR LAS SOLICITUDES?

Sobre las solicitudes, la edil ha informado de que deberán presentarse en forma según el modelo oficial facilitado por la Escuela Infantil correspondiente y que también se encuentra disponible en la página web del Ayuntamiento de Albacete. Se podrá solicitar, por orden de preferencia, cuatro escuelas del Patronato.

El lugar de entrega de dichas solicitudes tendrá lugar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Albacete, si uno de los padres dispone de certificado digital, siendo imprescindible adjuntar poder de representación firmado por ambos progenitores. En el caso de no disponer de certificado digital, se deberá entregar una solicitud firmada por los dos cónyuges en el Registro del Ayuntamiento de Albacete.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO?

La documentación a aportar deberá ser: la fotocopia del DNI; permiso de residencia o pasaporte del interesado; relación paterno-filial y estado civil (libro de familia), familia numerosa, en su caso (carné), familia monoparental, documento que acredite la situación, si consta un solo progenitor el libro de familia y en caso de existencia de dos progenitores, libro de familia y diligencia o certificado de fallecimiento, separación o divorcio, sentencias de separación o divorcio, convenio regulador o declaración jurada de separación de hecho y no convivencia con el otro progenitor; situación laboral activa de ambos padres, o de uno solo en familias monoparentales, en su caso; situación económica familiar, se deberá marcar la casilla de autorización para que el Patronato pueda solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la correspondiente al año 2016; discapacidad >=33 por ciento de un miembro de la familia, en su caso certificado de minusvalía; necesidades específicas de apoyo educativo con informe de escolarización, en su caso informe técnico; riesgo o desamparo, en su caso informe técnico.

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