martes, 19 marzo, 2024

Puy du Fou contará con 1.273 m2 del Cordel de San Martín para instalar abastecimientos subterráneos

Ha sido cedido por la Junta

El Servicio Forestal de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha autorizado la ocupación temporal de 1.273,66 metros cuadrados de terrenos de la vía pecuaria denominada Cordel de San Martín, en el término municipal de Toledo, a favor de Puy du Fou España S.L., con destino a instalaciones subterráneas de abastecimiento del Parque Temático, por un plazo de 10 años.

La ocupación de terrenos de esta vía pecuaria se ajustará, tanto en la localización como en las características y elementos constructivos a lo que obra en el expediente. Todos los restos de la ejecución de las obras serán tratados conforme a la legislación sectorial que regula ese tipo de residuos, debiendo ser retirados en todo caso del dominio público. Así mismo no podrá almacenarse ningún tipo de material dentro de los terrenos de la vía pecuaria.

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Las obras deberán cumplir las vigentes disposiciones sobre la materia y habrán de realizarse con las debidas garantías de seguridad, no interrumpiendo en ningún momento el tránsito ganadero ni las comunicaciones agrarias.

Para la autorización de la ocupación, Puy du Fou ha abonado 176,87 euros en tasa de gestión; 76,97 euros por el anuncio en el DOCM; 10.106,48 euros por el canon para el plazo de 10 años y 1.010,65 euros en concepto de fianza. Cualquier variación de la instalación que implique la ocupación de terrenos distintos de los concedidos será objeto de un nuevo expediente.

De otro lado, la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales indica, de igual modo, que siempre que sea necesario realizar una obra de conservación, reparación o de cualquier otra clase que afecte a terrenos de la vía pecuaria, el beneficiario deberá solicitar, previamente, autorización de la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo.

El concesionario, que será responsable de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar por la ocupación de la vía pecuaria, incluso fuera de la zona de ocupación y motivados por la misma, no podrá obstaculizar la ejecución de proyectos del Estado de interés público o social, siempre que no se opongan a los términos de la autorización y se proyecten de forma compatible con ella, o que ellos sean declarados de Utilidad Pública.

Al término de la vigencia de la autorización, en caso de no ser concedida la renovación de la misma, el beneficiario queda obligado a restituir la vía pecuaria a su estado original, en un plazo máximo de tres meses, comunicándolo a la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Toledo.

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