viernes, 29 marzo, 2024

Archivan la causa por el asesinato de la mujer de Quintanar de 2016 tras la muerte del principal acusado

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Quintanar de la Orden ha decretado el sobreseimiento del proceso judicial por el asesinato de Isabel Laureana Cebrián, ocurrido el 11 de enero de 2016, y ha ordenado el archivo provisional de la causa al haber fallecido –en julio de 2018– el autor de los hechos, J.A.C.C., cuñado de la víctima.

«Al haber fallecido el autor de los hechos, el juzgado no tendría obligación legal de poner en conocimiento de la justicia lo ocurrido, porque el marido no habría cometido delito alguno», ha defendido Justo, que ha añadido que a esta decisión judicial, adoptada a mitad de este mes de octubre, no se ha opuesto ninguna de las diferentes acusaciones que se personaron en el caso.

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A juicio del abogado del procesado, la base de esta decisión judicial viene recogida en el artículo 454 del Código Penal, que exime de responsabilidad criminal a las personas que sean cónyuges o se hallen ligados en una relación de afectividad, a las que sean ascendientes o descendientes, así como a los hermanos por naturaleza o adopción.

YA NO ES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Tras esta decisión judicial, la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género ha excluido del cómputo de mujeres asesinadas por esta causa a Isabel Laureana Cebrián «una vez conocida la tramitación judicial del procedimiento contra el marido por encubrimiento».

HECHOS

Los hechos tuvieron lugar en la tarde del 11 de enero de 2016 en el domicilio del matrimonio formado por Isabel Laureana y F.J.C.C., sito en la localidad toledana de Quintanar de la Orden. Fue el marido el que avisó a los medios de Emergencia tras encontrar el cadáver de su mujer con heridas de arma blanca.

Cinco días después, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Quintanar de la Orden decretaba para él prisión provisional comunicada y sin fianza. Le imputaba de forma provisional un delito de asesinato con agravante de parentesco.

Fue a finales de octubre de 2016 cuando la Audiencia Provincial de Toledo dictó un auto por el que dejaba en prisión preventiva eludible bajo fianza de 20.000 euros al marido de la asesinada, al considerar que seguían existiendo indicios racionales de que participó en los hechos.

Por ello, estableció como medidas cautelares la obligación de éste de comparecer ante juzgado todas las semanas, la prohibición de salir del territorio nacional y la retirada del pasaporte, pues estaba a la espera de nuevas muestras de ADN.

EL HERMANO DECLARÓ SER AUTOR DE LOS HECHOS

Más tarde, el 14 de noviembre, ese mismo juzgado decretaba prisión comunicada y sin fianza para J.A.C.C, hermano del marido de la víctima, por un presunto delito de asesinato, después de que éste declarase ser autor de los hechos.

Pero en julio de 2018, J.A.C.C. fue hallado muerto en su celda de la prisión de Ocaña. Tras su muerte, su abogado, Juan Justo, aseguró que su defendido tenía un «importante trastorno mental» cuando sucedió el crimen.

Justo indicó, no obstante, que en enero de 2016, en el momento en que se produjo el crimen de su cuñada, J.A.C.C. no estaba en tratamiento psiquiátrico físico, aunque tenía un trastorno depresivo «muy importante y severo, pero no diagnosticado en ese momento».

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