La concejalía responsable del Cementerio y Tanatorio Municipal informó de la Orden SND/298/2020, publicada en el BOE este domingo y en la que se recoge la prohibición, por parte del Ministerio de Sanidad, de velatorios en instalaciones públicas o privadas, domicilios particulares y ceremonias fú-nebres con la finalidad de evitar la propagación de posibles contagios. Se deberá posponer la parte civil de estas ceremonias a la finalización del es-tado de alarma.
En el documento se permite la asistencia de un máximo de tres personas, fundamentalmente familiares, para conformar la comitiva del enterramien-to o cremación del difunto, junto al responsable del oficio del culto o los ritos funerarios previstos tradicionalmente para la inhumación.
También se recoge en la misma orden la obligación, por parte de los servi-cios funerarios, de mantener los precios vigentes con anterioridad a la de-claración del estado de alarma el pasado 14 de marzo, para lo cual las em-presas implicadas deberán incluir dichas cantidades en un presupuesto de-tallado, algo que también deberá realizarse con los fallecidos por coronavi-rus, a pesar de que tuvieran que ser necesarias otras actuaciones concre-tas.
Además, la medida es de carácter retroactivo, por lo que, en el caso de que ya se hubieran pagado determinados servicios, corresponde a la fune-raria u otra empresa similar contratada la devolución del importe de los mismos y se establece la posibilidad de disponer de un plazo de seis meses desde que finalice el estado de alarma para que los familiares soliciten el reembolso económico correspondiente.
Asimismo quedan prohibidas las labores de tanatopraxia u otras que se ejecuten por motivos de carácter religioso que impliquen entrar en contac-to con difuntos que hayan muerto a causa del virus. El motivo principal de estas limitaciones, tanto a familiares como a profesionales, se debe a la dificultad de garantizar las medidas de seguridad, de más de un metro, ne-cesarias para impedir el contagio del virus.