viernes, 19 abril, 2024

La Universidad de Castilla-La Mancha suspende toda su actividad presencial por el coronavirus

 La presente resolución, y las medidas acordadas, surtirán efectos desde el día 16 de marzo de 2020 y tendrán una vigencia de quince días naturales

De acuerdo con los informes recabados de la Comisión de Seguimiento constituida al efecto, a la vista de la situación, evolución y perspectivas del coronavirus (COVID-19) y las particularidades que presentan los campus de la Universidad de Castilla-La Mancha, reunido el Consejo de Dirección en sesión extraordinaria, este Rectorado, en el ejercicio de los principios sobre los que se sustenta la autonomía universitaria, y en el marco de las competencias que la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, y los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, publicados por Resolución de 18/11/2015, de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación.

ACUERDA:

Primero.- La suspensión de toda actividad docente presencial en el ámbito de la Universidad de Castilla-La Mancha, incluyendo las actividades docentes prácticas que se realizan en empresas, organismos e instituciones.

Segundo.- Encomendar a la Gerencia de esta Universidad la adopción de las actuaciones necesarias para compatibilizar el adecuado funcionamiento de los distintos servicios y la conciliación de la vida familiar, haciendo uso de medidas tales como el sistema de teletrabajo o la reordenación de los turnos de trabajo.

Tercero.- Encomendar a la Secretaría General y a los vicerrectorados con competencias en las materias correspondientes arbitrar los sistemas de videoconferencia, trabajo colaborativo y enseñanza virtual para sustituir la actividad docente presencial, así como hacer posibles las actividades de investigación, doctorado, transferencia e innovación, extensión universitaria y difusión de la cultura de manera compatible con regímenes que minimicen las reuniones presenciales.

Cuarto.- Determinar el cierre temporal de las instalaciones de biblioteca, cafetería y deporte, así como la suspensión de las actividades deportivas organizadas por la propia Universidad.

Quinto.- Acordar la suspensión temporal de cualquier evento que suponga la afluencia masiva de personas, tanto los organizados por la propia Universidad como aquellos promovidos por terceros que tuvieran previsto celebrarse en las dependencias e instalaciones de la Universidad.

Sexto.- Solicitar al Personal Docente e Investigador, Personal Investigador, Personal de Administración y Servicios y Estudiantes la máxima colaboración para seguir las recomendaciones de salud pública formuladas por la Comisión de Seguimiento constituida al efecto por la Universidad, así como por las entidades y organismos competentes.

Séptimo.- La presente resolución, y las medidas acordadas, surtirán efectos desde el día 16 de marzo de 2020 y tendrán una vigencia de quince días naturales, sin perjuicio de sus prórrogas que podrán acordarse de forma sucesiva.

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