martes, 19 marzo, 2024

Sanidad establece medidas nivel 2 en San Clemente para evitar la propagaci贸n del virus

Se han registrado 37 casos de COVID-19 en las dos 煤ltimas semanas epidemiol贸gicas

La Consejer铆a de Sanidad, a trav茅s de la Delegaci贸n Provincial de Sanidad en Cuenca, ha decretado medidas especiales nivel 2 en el municipio de San Clemente ante el aumento del n煤mero de casos COVID-19 registrados en las dos 煤ltimas semanas epidemiol贸gicas.

Durante la semana n煤mero 41 (del 5 al 11 de octubre de 2020), en el municipio de San Clemente se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiol贸gica de Castilla-La Mancha un total de un total de 9 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 128,8 casos/100.000 habitantes.

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Durante la semana epidemiol贸gica n煤mero 42 (del 12 al 18 de octubre de 2020), se han declarado un total de 28 casos COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 400,7 casos/1 00.000 habitantes.

En conjunto, entre las semanas epidemiol贸gicas 41 y 42 se han declarado en San Clemente un total de 37 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los 煤ltimos 14 d铆as de 529,5 casos/100.000 habitantes.

MEDIDAS DEL NIVEL 2

Las medidas de nivel 2 suponen el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Se recomienda a la ciudadan铆a la limitaci贸n de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los mismos se limiten a un m谩ximo de 10 personas incluyendo convivientes.

Tambi茅n comprende la supresi贸n del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducir谩 al 50% del m谩ximo que tuvieran establecido previamente.

Las terrazas de bares y restaurantes reducir谩n su aforo al 75% del m谩ximo. En el interior de establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales espec铆ficos de apuestas se limitar谩 el aforo m谩ximo al 50% del establecido.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares caracter铆sticas, tanto las celebradas en locales de hosteler铆a y restauraci贸n, como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendr谩n limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulaci贸n en vigor.

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Se producir谩 la suspensi贸n cautelar de la actividad en los Centros de D铆a de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. As铆 como la suspensi贸n de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios.

No se permitir谩n salidas, salvo razones de fuerza mayor, en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deber谩n permanecer en cuarentena durante el periodo que est茅 establecido en los protocolos en vigor en ese momento.

En otros centros residenciales sociosanitarios estar谩n permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente s铆ntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento.

Todas las celebraciones religiosas limitar谩n el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal, la restricci贸n del n煤mero de personas en velatorios y cortejos f煤nebres (m谩ximo 10) y la restricci贸n del n煤mero de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (m谩ximo 25).

Se establece la suspensi贸n de actividades colectivas de ocio, tales como espect谩culos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentraci贸n de personas.

Tambi茅n la suspensi贸n de la actividad de las escuelas deportivas y de competiciones deportivas no federadas. Las competiciones de 谩mbito federativo podr谩n celebrarse sin la presencia de p煤blico, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.

Cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos limitar谩n su aforo m谩ximo al 30%. Cursos, congresos y seminarios tendr谩n un aforo m谩ximo de 30 personas.

Los hoteles s贸lo podr谩n contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se ver谩 limitado en su aforo al 50% y se cierran las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo p煤blico independientemente de su titularidad.

En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo m谩ximo ser谩 del 30 % en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores y se establece el cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22.00 y las 08.00 horas.

En las tiendas y dem谩s establecimientos comerciales, se extremar谩n las medidas higi茅nico-sanitarias, limitando el n煤mero de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento.

Se deber谩 realizar higiene de manos con gel hidroalcoh贸lico en la entrada del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitar谩n su aforo al 50%.

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