viernes, 26 abril, 2024

Se priorizar谩 la atenci贸n telem谩tica o presencial con cita previa en la Administraci贸n tributaria

Aplicable a los 贸rganos y unidades integrados tanto en la Direcci贸n General como en las delegaciones de la Consejer铆a de Hacienda y Administraciones P煤blicas que ejercen las funciones previstas en la normativa de aplicaci贸n de los tributos

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una Resoluci贸n de la Direcci贸n General de Tributos y Ordenaci贸n del Juego por la que regula los servicios de atenci贸n al p煤blico de la Administraci贸n tributaria de la Junta de Comunidades, siendo aplicable a los 贸rganos y unidades integrados tanto en la Direcci贸n General como en las delegaciones de la Consejer铆a de Hacienda y Administraciones P煤blicas que ejercen las funciones previstas en la normativa de aplicaci贸n de los tributos y, en concreto, en el 谩mbito de la gesti贸n, inspecci贸n y recaudaci贸n tributarias.

Los interesados podr谩n obtener asistencia e informaci贸n para realizar cualquiera de las actuaciones previstas en el 谩mbito de aplicaci贸n de los tributos, consider谩ndose 茅sta como las actividades administrativas derivadas de la aplicaci贸n de los tributos, as铆 como las actuaciones de los obligados en el ejercicio de sus derechos o en cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Ser谩 necesaria la obtenci贸n de cita previa para acceder a los servicios de asistencia para la confecci贸n de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur铆dicos Documentados (Modelos 600 y 620) o del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Modelos 650, 651 y 655).

Los canales para la solicitud de cita previa estar谩n dispuestos en el portal tributario de la Consejer铆a de Hacienda y Administraciones Publicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En defecto de cita previa, los 贸rganos y unidades integrados en la Administraci贸n tributaria atender谩n al p煤blico estableciendo una franja horaria concreta para este tipo de atenci贸n, que deber谩 ser de general conocimiento de la ciudadan铆a a trav茅s de los canales que se consideren m谩s convenientes.

La prestaci贸n del servicio en las dependencias administrativas se realizar谩 en el horario fijado con car谩cter general por la Administraci贸n para este fin. En cualquier caso, la personaci贸n en las dependencias administrativas se llevar谩 a cabo con la antelaci贸n m铆nima indispensable a la hora en la que est茅 prevista la referida atenci贸n.

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