Las ayudas destinadas a personas en estado de viudedad se podrán solicitar a partir del 2 de enero

Las solicitudes podrán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Junta en la dirección 'www.jccm.es'

Las ayudas para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes que dependieran económicamente de la persona fallecida se podrán solicitar a partir del día 2 de enero. El plazo estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2018.

Estas ayudas pretenden atender situaciones de necesidad o desventaja social en que se encuentren las personas que no estén en disposición de conseguir mantener, a través de sus fuentes de ingresos, unas condiciones básicas de vida en su hogar habitual, por el hecho de que el cónyuge, persona con quien mantenía análoga relación de afectividad o familiar con quien compartían los gastos y de quien dependían económicamente ha fallecido.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes podrán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección ‘www.jccm.es‘, debidamente firmado de forma electrónica, que quedará anotado en el registro electrónico.

También podrán solicitarse en el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus direcciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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