martes, 7 mayo, 2024

La reforma del Consejo de Formaci贸n Profesional de la regi贸n, en vigor dentro de 20 d铆as

La ley concibe a dicho Consejo como un 贸rgano consultivo, de asesoramiento, de coordinaci贸n y de participaci贸n institucional y social

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este viernes la reforma de la Ley 1/2001, de 5 de abril, por la que se crea y regula el Consejo de Formaci贸n Profesional de Castilla-La Mancha, que entrar谩 en vigor dentro de 20 d铆as.

Esta reforma fue aprobada en el pasado mes de febrero por unanimidad en el pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha, superando as铆 una pol茅mica que arrancaba el pasado 4 de febrero cuando el diputado de Podemos David Llorente se ausent贸 de la votaci贸n del dictamen en la pertinente comisi贸n parlamentaria, permitiendo as铆 que el Grupo Popular colara un total de nueve enmiendas parciales al texto.

La Ley 1/2001, de 5 de abril, por la que se crea y regula el Consejo de Formaci贸n Profesional de Castilla-La Mancha, concibe a dicho Consejo como un 贸rgano consultivo, de asesoramiento, de coordinaci贸n y de participaci贸n institucional y social en materia de formaci贸n profesional.

La labor desempe帽ada desde su creaci贸n arroja un 芦balance positivo禄 en las funciones encomendadas, habiendo impulsado tres planes de formaci贸n profesional que abarcaron los periodos 2003-2006, 2007-2011 y el vigente III Plan de Formaci贸n Profesional de Castilla-La Mancha 2018-2022.

Asimismo, el DOCM recoge que, dado el tiempo transcurrido desde la aprobaci贸n de dicha ley, es necesario efectuar una revisi贸n de las funciones encomendadas, motivada, por un lado, en la necesidad de dar mayor protagonismo a la formaci贸n profesional a trav茅s del Consejo de Formaci贸n Profesional de Castilla-La Mancha y por otro, en adaptar las funciones atribuidas por la normativa estatal en la materia aprobada con posterioridad a su creaci贸n.

En consecuencia, la reforma de esta ley pretende reforzar la actividad del Consejo de Formaci贸n Profesional de Castilla-La Mancha de forma que, entre otras cuestiones, sea preceptivo que el Consejo informe sobre las leyes y normas reglamentarias que tengan relaci贸n con la formaci贸n profesional o con las cualificaciones profesionales en Castilla-La Mancha, facilitando la labor de coordinaci贸n de la oferta formativa y dirigiendo las acciones que se realicen, en la medida de lo posible, hacia la formaci贸n acreditable oficialmente o a completar los procedimientos de acreditaci贸n de competencias adquiridas mediante experiencia laboral.

Tambi茅n se incluye entre sus funciones la emisi贸n de un informe anual sobre los requisitos de formaci贸n que se tienen en cuenta para el acceso al empleo, con el objeto de reforzar su relaci贸n con el sistema de cualificaciones y la formaci贸n profesional.

Otra de las novedades en las funciones que se atribuyen al Consejo es la de impulsar la participaci贸n de Castilla-La Mancha en el desarrollo del Sistema Nacional de las Cualificaciones Profesionales, tanto en la actualizaci贸n del Cat谩logo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, como en la de los t铆tulos de formaci贸n profesional y de los certificados de profesionalidad, de modo que se adapten a la realidad educativa y laboral de Castilla-La Mancha.

Por otra parte, es necesario adaptar las funciones del Consejo de FP de Castilla-La Mancha determinadas en la Ley 1/2001 a los nuevos procedimientos, conceptos y terminolog铆a que se han establecido por la normativa estatal dictada con posterioridad. Por ello, se incorporan referencias al Sistema Nacional de las Cualificaciones y al Cat谩logo Nacional de las Cualificaciones, e igualmente, se tienen en cuenta los procedimientos de acreditaci贸n de competencias adquiridas mediante experiencia laboral, la FP dual, los centros integrados o los centros de referencia nacional en el 谩mbito de la formaci贸n profesional.

Finalmente, se suprime la competencia de informar sobre los criterios de homologaci贸n de los centros educativos que imparten Formaci贸n Profesional para el empleo y de los centros productivos en los que se desarrollan las pr谩cticas en centros de trabajo por estar ya regulados estos criterios en la normativa vigente.

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