jueves, 18 abril, 2024

Decretadas las medidas de nivel 3 en todos los municipios de Albacete

La tasa de incidencia acumulada a 14 dĂ­as se sitĂșa en 628,6 casos por 100.000 habitantes

La ConsejerĂ­a de Sanidad, a travĂ©s de la DelegaciĂłn Provincial de Sanidad en Albacete, ha decretado medidas de contenciĂłn nivel 3 por un periodo de 10 dĂ­as, desde hoy, en todos los municipios de la provincia de Albacete, ante la evoluciĂłn de los casos en las Ășltimas semanas epidemiolĂłgicas.

Durante la semana epidemiolĂłgica nĂșmero 53 de 2020 (del 28 de diciembre de 2020 al 3 de enero de 2021), en la provincia de Albacete se declararon al Sistema de Vigilancia EpidemiolĂłgica de Castilla-La Mancha 1.194 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 307,6 casos/100.000 habitantes.

Durante la semana epidemiolĂłgica nĂșmero 01 de 2021 (del 4 al 10 de enero de 2021), en la provincia de Albacete se han declarado al Sistema de Vigilancia EpidemiolĂłgica de Castilla-La Mancha un total de un total de 1.264 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 321,0 casos por 100.000 habitantes.

AsĂ­ pues, en las semanas epidemiolĂłgicas 53 y 01 se han declarado en la provincia de Albacete un total de 2.440 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los Ășltimos 14 dĂ­as de 628,6 casos por 100.000 habitantes.

La razĂłn de tasas de incidencia entre las semanas 53 y 01 es de 1,04 lo que indica una acusada tendencia estable de una semana a otra en un escenario de elevada incidencia.

Asimismo, en la semana 53 los casos con 65 y mås años de edad en la provincia de Albacete ascienden a 164 (13,7% de todos los casos) con una tasa de incidencia acumulada de 219,3 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años.

En la semana 01 el nĂșmero de casos con 65 y mĂĄs años de edad en la provincia de Albacete ascienden a 195 (15,7% de todos los casos) con una tasa de incidencia acumulada de 260,7 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años.

Entre las semanas epidemiolĂłgicas 53 y 01 se han declarado en la provincia de Albacete un total de 359 casos de COVID-19 en personas con 65 y mĂĄs años de edad (14,7% del total) lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los Ășltimos 14 dĂ­as de 480,0 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años.

La razón de tasas de incidencia en mayores de 64 años entre las semanas 01 y 53 es de 1,19 lo que indica una tendencia ascendente de una semana a otra en un escenario de elevada incidencia en este grupo de edad.

El porcentaje de pruebas diagnósticas de infección aguda (PDIA) con resultado positivo en la semana 53 asciende al 23,0% en la provincia de Albacete, habiéndose observado un acusado incremento respecto a la semana 52 (16,1%).

A fecha de 14 de enero de 2020, el porcentaje de camas ocupadas por pacientes COVID-19 en la provincia de Albacete asciende al 18,1% y el de pacientes COVID-19 en unidades de crĂ­ticos al 55,6%.

La tasa de incidencia acumulada en la semana 01 de 2021 (321,0 casos por 100.000 habitantes), la incidencia acumulada en los Ășltimos 14 dĂ­as (628,6 casos por 100.000 habitantes), las elevadas tasas de incidencia en personas con 65 y mĂĄs años de edad (480,0 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años registrados en los Ășltimos 14 dĂ­as), la razĂłn de tasas en mayores de 64 años entre las semanas 01 y 53 (+19%), el peso relativo de este grupo de edad sobre el total de casos (prĂłximo al 15%), el elevado porcentaje de pruebas diagnĂłsticas positivas (23,0%) y la situaciĂłn de los indicadores de ocupaciĂłn hospitalaria (el 55,6% de las unidades de crĂ­ticos ocupadas por pacientes con COVID-19), se sitĂșan claramente muy por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha y en España.

Estos indicadores ponen de manifiesto que la provincia de Albacete se encuentra en un escenario de transmisiĂłn comunitaria muy intensa, lo que exige la adopciĂłn de medidas de Nivel 3 en todos los municipios de la provincia.

Por todo ello, la Autoridad Sanitaria, ha resuelto aplicar en todos los municipios de la provincia de Albacete las medidas de Nivel 3 descritas en el documento general de medidas de control en municipios y zonas de Castilla-La Mancha. Los municipios o zonas que en el momento de la aprobaciĂłn de estas medidas se encuentren en Nivel 3 reforzado mantendrĂĄn las medidas reforzadas.

Lokinn

Estas medidas se mantienen durante un mĂ­nimo de 10 dĂ­as a partir de la aprobaciĂłn de este informe, prorrogables en funciĂłn de la evoluciĂłn de la situaciĂłn epidemiolĂłgica. Por ello se debe mantener una estrecha vigilancia de los indicadores epidemiolĂłgicos ante la posibilidad de que, si no se observara una mejorĂ­a sensible, hubiera que reforzar las medidas establecidas.

Medidas Nivel 3

Las medidas de Nivel 3 contemplan el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Se suspende la actividad en el interior (espacios cerrados) del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelerĂ­a, asĂ­ como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales especĂ­ficos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelerĂ­a asociado a su actividad.

Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible: servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales; servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos; servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados; servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza reglada (Colegios de Educación Primaria, Institutos, Universidades).

Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirĂĄn su aforo al 50% del nĂșmero mĂĄximo de mesas que tuvieran establecido previamente con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupaciĂłn.

Cierre de bares, pubs, cafeterĂ­as, establecimientos de restauraciĂłn y similares a las 22:00 horas.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares caracterĂ­sticas en locales de hostelerĂ­a y restauraciĂłn tendrĂĄn limitado su aforo a 30 personas en espacio abierto, siempre adecuĂĄndose a las condiciones de porcentaje de aforo mĂĄximo permitido. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrĂĄ superar el nĂșmero mĂĄximo de 6 personas. Se deberĂĄ garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulaciĂłn en vigor siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulaciĂłn en vigor.

Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

SuspensiĂłn cautelar de la actividad en los Centros de DĂ­a de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

SuspensiĂłn de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitarĂĄ a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberĂĄn observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohĂłlicas, y resto de medidas de prevenciĂłn de posibles contagios).

No se permitirĂĄn salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberĂĄn permanecer en cuarentena durante el periodo que estĂ© establecido en los protocolos en vigor en ese momento. SĂ­ se podrĂĄ permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrĂĄ retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realizaciĂłn de pruebas diagnĂłsticas segĂșn lo establecido en la regulaciĂłn previa y autorizaciĂłn de la autoridad sanitaria competente.

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarån permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los responsables del centro deberån valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.

Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizarĂĄ como paso previo a su incorporaciĂłn, una PCR para descartar la infecciĂłn por COVID-19.

Velatorios y comitivas fĂșnebres: un mĂĄximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fĂșnebres (Sin que se puedan intercambiar entre ellas. Es decir, podrĂĄn permanecer como mĂĄximo las mismas 6 personas a lo largo de todo el tiempo que dure el velatorio o comitiva).

RestricciĂłn del nĂșmero de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijaciĂłn del 40% de aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberĂĄ garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiĂ©nico sanitaria sobre prevenciĂłn y contenciĂłn del COVID-19, no debiendo superar el nĂșmero mĂĄximo de cien personas.

Se reforzarĂĄn los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vĂ­a pĂșblica. En este sentido, la comunidad autĂłnoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarĂĄn rigurosamente las sanciones correspondientes.

Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectåculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrån celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo måximo de 6 personas.

Las competiciones de ĂĄmbito federativo podrĂĄn celebrarse sin la presencia de pĂșblico, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.  En ningĂșn caso se podrĂĄ autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricciĂłn.

Se podrĂĄn celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo mĂĄximo de 6 personas.

Las visitas guiadas a monumento y lugares de interés cultural verån limitado el tamaño måximo de los grupos a seis personas.

Academias, autoescuelas y otros centros de formaciĂłn no reglada disminuirĂĄn su aforo mĂĄximo al 50% por ciento del habitual.

Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.

Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.

Se podrĂĄn celebrar congresos, seminarios y actividades de Ă­ndole similar siempre que no se supere el nĂșmero mĂĄximo de seis personas.

Los hoteles sĂłlo podrĂĄn contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verĂĄ limitado en su aforo al 25%.

En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo mĂĄximo serĂĄ del 20% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores.

Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo pĂșblico independientemente de su titularidad. Cierre de piscinas comunitarias de bloques de edificios.

Mercadillos y mercados al aire libre deberĂĄn limitar el nĂșmero de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberĂĄ asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

Cierre cautelar de parques, jardines y espacios pĂșblicos de caracterĂ­sticas similares durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisarĂĄ el mantenimiento de las medidas de prevenciĂłn y protecciĂłn individual adecuadas.

En las tiendas y demås establecimientos comerciales, se extremarån las medidas higiénico-sanitarias. Se deberå realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarån su aforo a un tercio del aforo måximo. Con vistas a facilitar el control de aforo, aquellos establecimientos, superficies o centros comerciales que dispongan de plazas propias de aparcamiento, deberån anular el 70% de las mismas.

Se limitarĂĄ al 50% la ocupaciĂłn de autobuses urbanos y taxis. Se procurarĂĄ aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.

Noticias Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquĂ­