El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica en su edici贸n de este martes una resoluci贸n de la Consejer铆a de Sanidad por la que la Comunidad Aut贸noma mantiene las flexibilizaci贸n en las medidas para luchar contra el coronavirus en las residencias de la regi贸n hasta el pr贸ximo 27 de abril.

Asimismo, las personas responsables de los centros informar谩n a las personas visitantes de las medidas de prevenci贸n e higiene contenidas en el plan de contingencia del centro y la persona que acuda a la visita, no ha de presentar cuadro cl铆nico compatible con la infecci贸n por coronavirus.

Se recomienda que durante el tiempo que dure la visita la persona residente tambi茅n utilice la mascarilla y quedan suspendidas las visitas y salidas de las personas positivas al virus o tengan s铆ntomas compatibles con la enfermedad.

En cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores, viviendas de mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atenci贸n a personas con discapacidad grave, se estar谩 a las siguientes condiciones, los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales, se mantendr谩n con normalidad.


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EXTREMARSE LA VIGILANCIA

En todos los casos debe extremarse la vigilancia activa de s铆ntomas compatibles con el COVID-19 y se recomienda la realizaci贸n de prueba diagn贸stica de infecci贸n activa (PDIA) a las personas que ingresen o reingresen al centro.

En relaci贸n a la actividad en los centros de d铆a de personas mayores y personas con discapacidad, servicios de estancias diurnas, centros de mayores y hogares de jubilados, as铆 como servicios de promoci贸n de la autonom铆a personal, no podr谩n acudir a dichos centros las personas que presenten cuadro cl铆nico compatible con la infecci贸n por coronavirus.


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Continuar谩n aplicando en su funcionamiento las normas, protocolos y acuerdos aprobados y recogidos en el plan de contingencia del centro y, en el caso de que se preste alg煤n tipo de servicio de hosteler铆a y restauraci贸n, se actuar谩 conforme a la normativa en vigor en cada momento.

En el caso de que se preste el servicio de transporte colectivo, deber谩 procederse a la limpieza y desinfecci贸n diaria de los veh铆culos del servicio de transporte por carretera de m谩s de nueve plazas.



Se recomienda que cada vez que se baje la persona ocupante, se limpien los pomos y botones de accionamiento de las ventanillas y cinturones de seguridad y que se ponga a disposici贸n de las personas usuarias sustancias hidroalcoh贸licas.

Se podr谩n utilizar todos los asientos, no obstante, si el nivel de ocupaci贸n lo permite, se procurar谩 la m谩xima separaci贸n y se proh铆be la ingesta de l铆quidos y s贸lidos, mientras dure el trayecto.


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PERSONAL DE ATENCI脫N DIRECTA

En cuanto al personal de atenci贸n directa en centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad, si la persona tiene sintomatolog铆a compatible con la enfermedad, llamar谩 a su centro de trabajo y a su centro de salud, quien proceder谩 con arreglo a lo dispuesto en la ‘Estrategia de Vigilancia y Control Frente a COVID-19 tras la Fase Aguda de la Pandemia’ de 23 de marzo de 2022.

Si ha tenido contacto con alg煤n residente con sintomatolog铆a o con PCR positiva, la autoridad sanitaria proceder谩 en consecuencia. Adem谩s, se recomienda que, durante 5 d铆as, aquellas personas trabajadoras que retornen de permisos y vacaciones (por un periodo superior a 15 d铆as) no est茅n en contacto con personas residentes no vacunadas.



Se recomienda tambi茅n que a las personas trabajadoras no vacunadas no se les asigne el cuidado de las personas residentes no vacunadas y, en su caso, a las que a煤n no hubieran completado la pauta de vacunaci贸n.

A las personas trabajadoras que rechacen la vacuna o que no hayan completado su vacunaci贸n, se les realizar谩 control de temperatura diaria y pruebas diagn贸sticas de infecci贸n activa (PDIA) dos veces por semana, como medida espec铆fica de evaluaci贸n del riesgo y de prevenci贸n en estas personas trabajadoras.



Dichas pruebas se realizar谩n por el servicio de prevenci贸n de riesgos laborales correspondiente o en el mismo centro residencial.

La presente resoluci贸n producir谩 efectos desde el d铆a de su publicaci贸n en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 27 de abril de 2022.

Se dar谩 traslado de esta resoluci贸n a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci贸n Contencioso-administrativa, para la ratificaci贸n de aquellas medidas que pudieran afectar a derechos fundamentales.

Contra esta resoluci贸n, que pone fin a la v铆a administrativa, podr谩 interponerse recurso potestativo de reposici贸n en el plazo de un mes ante el Consejero de Sanidad, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el d铆a siguiente al de su publicaci贸n en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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