mi茅rcoles, 17 abril, 2024

Casi dos a帽os de prisi贸n para un hombre por insultar de forma 芦constante禄 a su pareja

Desestima el recurso y le mantiene la prohibici贸n de acercarse a la mujer durante cuatro a帽os

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de un a帽o y 10 meses de prisi贸n dictada por la Audiencia Provincial de Albacete a un hombre que, durante los 煤ltimos meses de su matrimonio, insult贸 de forma 芦constante禄 -tanto en privado como en p煤blico- a la que era su pareja con expresiones como 芦tonta禄, 芦in煤til禄, 芦retrasada禄, 芦subnormal禄, 芦gilipollas禄 y 芦no sirves para nada禄.

El hombre de 45 a帽os, que convivi贸 durante 10 a帽os con su esposa y se divorci贸 en 2013, llev贸 el caso al Alto Tribunal al considerar que no se hab铆a podido precisar temporalmente cu谩ndo ocurrieron las agresiones verbales que se declararon probadas. Insisti贸, adem谩s, en que tampoco existi贸 nunca voluntad por su parte de humillar u ofender a la mujer.

En la resoluci贸n, de la que ha sido ponente el magistrado Juli谩n S谩nchez Melgar, la Sala de lo Penal ha incidido en que 芦los testigos no est谩n obligados a recordar con la precisi贸n que reclama el recurrente tales datos禄 y que, seg煤n sus testimonios, insult贸 a la mujer incluso en p煤blico, 芦lo que acrecienta el car谩cter despectivo禄 de los t茅rminos que utilizaba para referirse a ella.

EXPRESIONES HUMILLANTES

Sobre el argumento de que no ten铆a intenci贸n de ofenderle, el tribunal ha subrayado que 芦dif铆cilmente禄 puede interpretarse que las expresiones que dirigi贸 a la que era su esposa estaban 芦desprovistas禄 de la intenci贸n de humillarle.

Al hilo, los magistrados adem谩s han incidido en que el hombre lleg贸 a zarandear en alguna ocasi贸n a la mujer, seg煤n consta en la sentencia de 8 de junio. Para los magistrados, todas estas actuaciones 芦son claramente constitutivas de violencia ps铆quica禄 y violencia f铆sica.

En 2020, la Audiencia Provincial de Albacete conden贸 al hombre a un a帽o y 10 meses de prisi贸n y de privaci贸n del derecho al sufragio pasivo al considerarle autor de un delito de maltrato habitual con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Tambi茅n acord贸 privarle del derecho de tenencia y porte de armas durante dos a帽os y le prohibi贸 de acercarse durante cuatro a帽os a su exesposa, a quien orden贸 indemnizar con mil euros.

Ahora, en 20 folios, el Supremo ha considerado pertinente desestimar el recurso que present贸 el hombre y confirmar la decisi贸n de la Audiencia, por lo que ha acordado mantener la condena que se le impuso.

En el marco de la resoluci贸n, el tribunal tambi茅n se ha pronunciado sobre el recurso que present贸 la mujer, que -entre otras cuestiones- ped铆a revisar la decisi贸n de la Audiencia de Albacete de absolver al hombre del delito de abusos sexuales.

El Supremo ha recordado que no puede examinar si proced铆a o no la condena, sino estudiar si el argumento de la absoluci贸n es o no arbitrario. En este caso, seg煤n ha indicado, los hechos probados han negado cualquier tipo de violencia o intimidaci贸n en las relaciones sexuales.

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