martes, 19 marzo, 2024

Condena al Sescam por la muerte de un paciente de Albacete tras retrasar su diagnóstico y tratamiento

La sentencia condena al Sescam y a su aseguradora a indemnizar con unos 80.000 euros por la muerte del paciente el 1 de agosto de 2018

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Albacete ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a indemnizar por la muerte de un paciente, un hombre de 73 años vecino de Fuentealbilla (Albacete), por un retraso en el diagnóstico y tratamiento de un sarcoma.

Según ha informado la Asociación el Defensor del Paciente, la sentencia es del 30 de diciembre de 2021 y condena al Sescam y a su aseguradora a indemnizar con unos 80.000 euros por la muerte del paciente el 1 de agosto de 2018.

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El hombre fue visto el 13 de junio de 2016 por su médico de cabecera por una tumoración sólida en el glúteo y un año después, el 23 de junio de 2017, el tumor había crecido a 5-6 centímetros pero el paciente «no fue derivado urgentemente para la realización de pruebas diagnósticas de lo que era un sarcoma».

Y tampoco se hizo el 3 de agosto de ese mismo año, cuando otra médico interconsultó con traumatología por “masa localizada”.

La Asociación el Defensor del Paciente ha lamentado que «por desgracia, ningún médico le dio la debida importancia a un tumor que seguía creciendo, hasta que alcanzó un tamaño de 20 por 20 cm el 17 de noviembre de 2017, momento en el que se activaron las alarmas cuando ya demasiado tarde».

La viuda y tres hijas del fallecido acudieron a la Asociación El Defensor del Paciente, que derivó el caso al letrado especialista Ignacio Martínez.

El Sescam «declinó su responsabilidad básicamente alegando que fue el paciente quien se negó a realizarse pruebas diagnósticas, falsedad que resultó muy dolorosa para la familia», según el comunicado.

La sentencia concluye que «debe concluirse como acreditado la existencia de la infracción de la “lex artis” por parte de los profesionales que atendieron al actor en la atención primaria determinante de un retraso en el diagnóstico».

Sobre la cuantía de la indemnización, la Asociación detalla que la sentencia reduce la reclamada en la demanda en atención a la pérdida de oportunidad terapéutica, algo en lo que «la familia no está de acuerdo» ya que el paciente tenía, estadísticamente, un buen pronóstico oncológico que se concretaba en una 62 % de probabilidad de supervivencia si hubiera sido bien atendido.

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