miércoles, 27 marzo, 2024

Luz verde al Estatuto de Personas Consumidoras en C-LM, que recoge aspectos como pobreza energética

Contempla multa de un millón de euros para las empresas que corten suministro de servicios básicos sin haberlo notificado al consumidor

El Consejo de Gobierno de esta semana ha dado luz verde al proyecto de Ley del Estatuto de Personas Consumidoras de la región, una norma pionera a nivel nacional que recogerá aspectos tan actuales como la pobreza energética y la vulnerabilidad, la obsolescencia programada o el empoderamiento financiero y digital.

Así lo ha indicado el portavoz del Gobierno regional, Nacho Hernando, que ha explicado que el Gobierno regional elevará próximamente dicho Estatuto a las Cortes regionales para su tramitación, según ha informado en nota de prensa la Junta.

La nueva norma sustituye a la Ley del Estatuto del Consumidor de 2005 y actualiza la legislación para adaptarla a los cambios y retos de la sociedad actual e incorporando, ha destacado Hernando, «contenidos innovadores en materia económica, social y ambiental no incluidos hasta ahora en ninguna normativa autonómica».

Así, la normativa contempla la promoción de medidas para asegurar el empoderamiento financiero y digital de las personas consumidoras o para combatir la obsolescencia programada, previniendo y erradicando prácticas de producción que tengan por objeto la reducción intencionada de la vida útil de los productos.

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Otro aspecto novedoso, ha reseñado el portavoz del Gobierno, es la promoción de la utilización de la ‘huella ecológica’ de los productos «como herramienta para conocer la trazabilidad de los mismos y el impulso a nuevos modelos económicos emergentes, como los que tienen que ver con la economía colaborativa».

POBREZA ENERGÉTICA Y VULNERABILIDAD ECONÓMICA

Nacho Hernando ha señalado, sin embargo, que el artículo más innovador de la norma, y que sitúa a Castilla-La Mancha como la comunidad autónoma «más avanzada en esta materia», es el artículo 86, que aborda la problemática de la pobreza energética y la vulnerabilidad económica.

Este artículo establece que las empresas prestadoras de servicios deberán informar, en cualquier aviso o comunicación referente a la falta de pago de este servicio, de los derechos que afectan a la pobreza energética que tienen las personas consumidoras en situación de vulnerabilidad económica. Estas personas podrán presentar además un informe de los servicios sociales básicos en el que se acredite su situación de vulnerabilidad; un informe que las Administraciones públicas deberán emitir en un plazo máximo de 15 días a partir de su solicitud.

EVITAR DESPERDICIOS ALIMENTARIOS

Hernando ha subrayado también que este estatuto incluye, por primera vez, un capítulo dedicado a las responsabilidades de las personas consumidoras, en el que, por ejemplo, se insta a hacer un uso adecuado de las instalaciones y equipamientos en el uso y disfrute de los bienes y servicios, a evitar el desperdicio alimentario mediante el consumo responsable o a no obstaculizar los procesos de economía circular y de ecodiseño o innovación compartida.

Por último, la ley establece un régimen sancionador con tres tipos de sanciones que van desde las leves a las muy graves. Así, entre las graves, multadas con hasta 100.000 euros, se encuentra, por ejemplo, la introducción de cláusulas abusivas o las limitaciones o exigencias injustificadas cuando la persona consumidora quiere poner fin a un contrato de prestación de servicio o suministro de productos.

Asimismo, las infracciones muy graves pueden ascender a multas de un millón de euros y entre ellas, ha citado el portavoz, están el corte de suministro de servicios básicos continuados sin que la empresa prestadora tenga constancia de que el consumidor o consumidora ha recibido una notificación concediendo plazo suficiente para alegar o sin que haya tenido las autorizaciones administrativas o judiciales pertinentes, así como la imposición de diferentes precios sobre un producto cuya única diferenciación esté en el hecho de que la persona destinataria sea hombre o mujer.

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