viernes, 19 abril, 2024

Los pueblos más pequeños de Cuenca también merecen buenos servicios

Con presupuesto de 60.000 euros, los Ayuntamientos de hasta 500 habitantes pueden optar a estas ayudas encaminadas a la contratación o mantenimiento de personal

Para que los pueblos más pequeños presten un buen servicio a sus vecinos la Diputación de Cuenca, a través del Área de Asistencia Técnica al Municipio (ATM), convoca las ayudas para Ayuntamientos de hasta 500 habitantes mediante el apoyo a la contratación o mantenimiento de personal administrativo.

Como asegura la diputada Paloma García Casado, es importante propiciar que las entidades locales puedan prestar unos servicios adecuados a sus vecinos y con estas ayudas no solo se facilita la apertura del Ayuntamiento durante un mínimo de horas a la semana, sino que, además, se favorece la creación de empleo de calidad y, en consecuencia, la fijación de personas en el municipio.

PRESUPUESTO DE 60.000 EUROS

Con presupuesto de 60.000 euros, los Ayuntamientos de hasta 500 habitantes pueden optar a estas ayudas encaminadas a la contratación o mantenimiento de personal, teniendo en cuenta que este personal deberá tener una relación de tipo funcionarial a tiempo completo o parcial y su contratación deberá haberse llevado a cabo mediante el correspondiente procedimiento de selección establecido legalmente.

En este sentido, también se establecen como requisitos que la jornada laboral de estos trabajadores municipales se desarrolle, al menos en parte, en horario de atención al público, es decir, de 9 a 14 horas, y su salario sea, como mínimo, el previsto en la normativa para un auxiliar administrativo de la Administración General del Estado.

Pero eso no es todo, entre las obligaciones de los Ayuntamientos beneficiarios de estas subvenciones se encuentra el tiempo mínimo de apertura al público a la semana, que variará con arreglo a su población, tal y como se recoge en los últimos datos oficiales del INE sobre el padrón municipal.

HORARIOS DE APERTURA

En consecuencia, para los municipios de hasta 200 habitantes, su horario de apertura mínimo será de un día a la semana y, al menos, cuatro horas, lo que en el caso de aquellos con una población comprendida entre los 201 y los 350 vecinos se ampliará a dos días a la semana y, al menos, ocho horas. Algo que para los municipios de 351 a 500 habitantes, se fija en los tres días a la semana y, al menos, 12 horas.

Los Ayuntamientos interesados en esta convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva tienen un plazo de 15 días naturales, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el BOP, para presentar la correspondiente solicitud en el Registro del Servicio de ATM o por cualquiera de los medios señalados en el la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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